Archive for the ‘Sociedad de la Información’ Category

h1

Vuelven los Off-Topic: De Manifestos

diciembre 2, 2009

Reproduzco lo que he leído en otro blog de confianza y, sin estar completamente de acuerdo en todos los puntos, «copio-pego» el Manifiesto «En defensa de los derechos fundamentales en Internet».

Si sólo vale para eliminar la aberrante decisión de restringir un derecho fundamental (en realidad, varios) a través de un acto administrativo, ya me consideraré afortunado. Si, a pesar de todo, la cosa (me niego a llamarla Ley) sigue adelante, no quedará otra que confiar en el Tribunal Constitucional.

Texto «copiado-pegado» (no habrá derecho de autor, ¿verdad?:

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Fin texto «copiado-pegado»

El MinCulPop ha vuelto y siguen usando la palabra cultura como arma.

h1

INFOCALDERO IX

noviembre 26, 2009

Mañana viernes 27 de noviembre, habrá lugar la IX edición de INFOCALDERO. No busquen información en la Web del Ayuntamiento de Campello, porque no la van a encontrar. Eso sí, pasen y vean, porque siempre es divertido asistir: ponencias interesantes, saludos a amigos y arroz.

Este año, NetConsulting pasará la gorra, así que avisados estáis.

h1

Administración 2.0: más ejemplos yankees

septiembre 23, 2009

Gracias al Twitter de @govwiki, llega otro ejemplo insospechado de Administración 2.0, como es el Pentagon Channel. Hasta se enfrentan a temas delicados como el Abuso de sustancias legales/ilegales en las tropas.

Cada vez abandonamos más el término de Administración 2.0, para abrazar la definición de ogov (Open Government). No se trata sólo de un cambio terminológico, si no de concepción del servicio público. La idea, claro está, no es mía, pero me parece muy acertada.

La Administración 2.0 no deja de ser un concepto avanzado de algo que ya existe: la administración pública, eso sí, con un aspecto más amigable (pésima traducción del friendly inglés).

El concepto de ogov hace referencia a la participación/integración del ciudadano en la administración. «No me digas sólo si usar este servicio es para tí, más fácil. Ahora quiero que me digas, directamente, qué servicio quieres».

Hace mil años, es decir, cuando empecé a usar Internet, pensé que podría ser una gran herramienta para la democracia participativa. Quizás no llegue a tanto (o no a corto plazo, quién sabe), pero sí que nos podemos acercar al ogov que, aquí, a falta de mejor traducción del literal (y feo) Gobierno Abierto, llamaré administración participativa.

Ejemplo de Administración 2.0: el Twitter de La Moncloa. Me mandan, unidireccionalmente, información, pero no piden qué opino yo de todo eso. Eso sí, la modalidad de transmisión es muy 2.0, pero ya se reclama algo más.

h1

La Protección de Datos en los periódicos: cómo confundir al personal

julio 6, 2009

Esto de trabajar en el sector TIC te lleva necesariamente a ser visto como un «tío raro» y a tener que dar explicaciones sesudas a una simple pregunta de cortesía: «Y tú, ¿a qué te dedicas?«.

Cuando tengo que participar a un evento social (típico sarao con conversaciones intrascendentes), siempre estoy deseando que el periódico de la mañana haya publicado alguna noticia sobre Protección de Datos o Administración Electrónica.

Como el segundo tema sólo sale en vísperas de elecciones (y ni así), reviso las noticias sobre Protección de Datos, para sacar alguna anéctoda suculenta, y así explicar cómo me gano la vida.

Hoy es un buen día, ya que Expansión, El País, y Sur.es se hacen eco de noticias relacionadas, a vario título, con la privacidad.

Lo malo es que, en algunos casos, estas noticias, en vez de ayudar, lían bastante al personal.

Es el caso de lo publicado por Sur.es, que subraya, con justicia, la importancia de la defensa de la información empresarial, como verdadero valor añadido de la labor de adecuación a la LOPD.

Pero, ¿desde cuándo las sanciones máximas en materia de Protección de Datos tienen como techo los 300.000€? Oiga, es que la sanción máxima ¡puede a ser el doble!

Tampoco es cierto que un hotel no puede facilitar los datos de sus clientes a otras empresas, so pena de cometer un delito. Hombre, sí, en teoría, en casos de dolo y otros elementos que caracterizarían el comportamiento delictivo, cabría la aplicación del art. 197 del Código Penal, pero, en realidad, los hoteles pueden comunicar los datos de los clientes, siempre y cuando hayan recabado el preceptivo consentimiento.

Entiendo que resumir asuntos importantes en el espacio reducido de un artículo es muy difícil, pero esto no es excusa para no ser rigurosos en la información proporcionada. Si no, me tocará a mí, en el próximo sarao, explicar dónde y cómo se equivocan los periodistas.

Para hacer más luz sobre estos asuntos (y sobre otros, como los mitos y leyendas del marketing on line, por ejemplo), que me he decidido en participar en la redacción de una Web interesante (o eso espero): www.vamosacontarverdades.es.

A ver qué sale de esto.

h1

Cámaras de Vídeo vigilancia: ¡gracias, Tele5!

julio 2, 2009

Gracias a Tele5, que ha emitido un interesante reportaje sobre el uso inadecuado de las cámaras de seguridad.Pueden echarle un vistazo pinchando aquí.

Queda demostrado (si es que hacía falta) que, en la inmensa mayoría de los casos, el uso de las cámaras de vídeo vigilancia no respeta la legalidad vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

Si es que no queremos aprender…

h1

SIGEM 1.7

junio 19, 2009

Lo que faltaba para fastidiar este fin de semana de merecido descanso: acaba de publicarse la versión 1.7 del SIGEM.

Me voy a descargar las toneladas de documentos y manuales y veremos qué saco en limpio.

No publico los links de descarga porque todavía no tengo claro si esta información puede hacerse pública o no. En todo caso, creo que los interesados pueden pedir la documentación en la Web del Plan Avanza.

¡A estudiar!

P.S. 372 MB, se me hará de noche.

h1

La e-Administración y las maravillas modernas

abril 30, 2009

Acabo de leer en mi periódico de confianza que el 60% de los usuarios de Twitter lo abandonan pasado un mes.

Los datos emergen de un estudio de toda una institución del marketing como es Nielsen On line, según los cuales sólo un 40% de los usuarios inscritos siguen utilizando este social network al mes siguiente.

Tengo que admitir que soy un usuario de este divertido sistema de mensajería corta y sigo pensando que puede ser una herramienta muy útil para las Administraciones Públicas.

Sin embargo, como todos los medios, si no dan algo, léase servicio/utilidad/ventaja, sólo será cuestión de tiempo, pero serán abandonados.

Si alguien conoce algún uso del Twitter en las Administraciones Públicas que sigue funcionando (y siendo utilizado) después del primer mes, por favor, que avise.

Por cierto, esta semana he estado con algunos técnicos informáticos de los Ayuntamientos de la provincia de Alicante. La charla ha sido organizada por la Diputación de Alicante: quizás debería haber twiteado la charla. A falta de twiteo, prometo hacer próximamente un rápido resumen.

h1

SIGEM: Gestión de Expedientes (2ª parte)

febrero 27, 2009

Siento no haber seguido con la constancia debida el estudio del SIGEM, pero es fácil entender que el trabajo diario, la crisis, el estudio y mil cosas más no permiten seguir el ritmo de publicaciones deseado (por mí, claro está).

Vuelvo, después del primer post, a la Gestión de Expedientes, para ver cómo funciona por dentro el gestor documental, estrella del Plan Avanza. También aprovecho para denunciar errores gramaticales que se repiten constantemente en los manuales del SIGEM. Por favor,  en las frases que empiezan por «En ésta pantalla…», «ésta» es adjetivo y no lleva tilde.

Para gestionar los expedientes (mejor dicho, los modelos de expedientes), el usuario tiene que identificarse a través de una simple pantalla donde introducr «usuario» y «contraseña». No está de más verificar que este usuario tenga las capacidades profesionales para rediseñar los procedimientos administrativos de la entidad. Creo aconsejable incluir la colaboración de los Servicios Jurídicos de la entidad, así como el Secretario Municipal, en el caso de los Ayuntamientos.

Llegado a este punto, me esperaba encontrar las indicaciones sobre cómo dar de alta un procedimiento, mientras que me encuentro con el apartado «cómo dar de alta una fase» (dentro de un procedimiento). catalogo-de-fasesAdemás, en la redacción de este manual no estaba presente ningún abogado administrativista, si no no habría permitido que la fase de «Instrucción» fuera posterior a la fase de «Resolución«.

Pues, sigamos la lógica del manual y demos de alta una Fase de un procedimiento todavía por crear.

propiedades-de-la-fasePara rellenar estos campos, tendremos que recurrir a elementos a los principios del Derecho Administrativo. De paso, ¿quién es el Jesús que aparece como usuario de esta prueba?

Volviendo a las fases, pongamos que éstas sean sólo las siguientes:

1. Iniciación

2. Instrucción

3. Finalización

Dentro de cada fase, lógicamente tendremos varias más, como por ejemplo, la 2.1. de Subsanación, y las 3.1 Deliberación y 3.2. Notificación. Estas subfases, en la terminología del manual del SIGEM se llaman «trámites«.

Este momento es muy delicado, porque es el momento en el cual se rescribe un procedimiento administrativo, así que se invita a que lo que resulte de esta reingeniería del procedimientos encaje en la normativa que lo sustenta.

A cada «trámite» se le pueden asociar «documentos» que pueden ser el fruto de «plantillas» predeterminadas. Una vez más, es necesario hacer una pequeña consideración jurídica. Cuidado con las «plantillas», cuando éstas se usan como «motivación» de los actos administrativos. Aunque en la práctica diaria, es muy útil utilizar plantillas preconfeccionadas, la aplicación indiscriminada de las mismas puede acarrear, una vez más, la nulidad del acto administrativo, por falta de un elemento fundamental del mismo, es decir, la motivación de ese asunto en particular.

Insisto mucho en las capacidades técnicas y legales de los que participan en esta fase. Aquí el usuario puede incluso eliminar una fase del procedimiento y esto puede afectar a la legalidad de toda la tramitación.

Seguiré con las «entidades» si al final me aclaro qué son.

h1

Perspectivas para 2009 en Administración Electrónica

enero 26, 2009

La Web de OpenPropolis ha pedido a una serie de expertos una opinión sobre las perspectivas en materia de Administración Electrónica para este año 2009.

Al lado de otros autores más cualificados, he intentado reflejar las dos visiones, entre sí opuestas, que me encuentro en mi día a día profesional: los pesismistas, que dicen que la Ley 11/2007 no se llevará a cabo (o, por lo menos, no tal y como está planteada); y los optimistas, que ven en la LAE la panacea contra todos los males no sólo de la Administración Pública, sino de la economía española en general.

Estoy muy agradecido a la gente de OpenPropolis por su invitación y espero con curiosidad a saber cuál de los dos bandos (pesimistas vs optimistas) ganará la contienda.

h1

Los datos personales en manos de la Administración: Final

enero 15, 2009

Los últimos 2 post han suscitado un interesante debate sobre la eficacia de los límites legales para que las Administraciones Públicas traten nuestros datos privados. Se ha discutido si son suficientes o no, si tienen un eficaz sistema disuasorio o no y sobre las preocupaciones de hasta dónde puede llegar el poder público en el manejo de los datos personales.

Hoy me he encontrado con un artículo del Prof. Stefano Rodotà, hasta 2005, responsable de la Agecia Italiana de Protección de Datos, que resume de manera brillante la lucha existente entre el control público de los datos personales y las libertades individuales.

El artículo está en italiano, pero creo que merece la pena echarle un vistazo y ver las interesantes relaciones entre datos personales, derechos humanos, Estados y seguridad.

P.S. Más tarde prometo traducir como buenamente pueda el texto del artículo.

h1

La e-Administración, la Empresa y todo lo demás

diciembre 26, 2008

Hay muchas aportaciones de los lectores de este blog que obligan a reflexionar seriamente no ya sobre las características técnicas, legales y organizativas de la Administración Electrónica, sino sobre su misma esencia. De ahí, el título de este blog, que no es otra cosa que una mala imitación de un título mucho más iluminado de Douglas Adams.

Por lo tanto, de un lado, está el por qué de la e-Administración (gracias, Paloma); y por el otro, el papel de las empresas privadas en el desarrollo de la Administración electrónica (cfr. blog de Julián Valero y de Andrés Nin Pérez).

Con la que está cayendo ¿necesitamos que los escasos recursos del Estado se inviertan en la Adminsitración Electrónica? Y las empresas privadas ¿qué papel juegan? Además, ¿quién les ha dado vela en este entierro?

Estos asuntos aparentemente dispares están íntimamente relacionados, así que empecemos por el primero: de dónde viene la e-Administración (o sobre su esencia).

No hace falta ir muy lejos para buscar las respuestas a estos interrogantes, pudiéndonos quedar en la misma Exposición de Motivos de la Ley 11/2007. Ahí se nos recuerda que vivimos en la Sociedad de la Información (o por lo menos, vivimos en ella algunos privilegiados del mundo occidental), que se caracteriza por un sistema económico basado en la producción de un bien antiguo (la información), en un soporte nuevo (las TIC).

No puedo (ni sabría) decir cómo hemos llegado hasta aquí, recorriendo el camino que va desde Arpanet hasta la Infonomía. El caso es que la sociedad civil y la empresa han llegado hasta aquí, y ahora la Administración debe dar el oportuno soporte a las demandas de la sociedad. Es más, existe una obligación legal (por lo menos en España) impuesta por el artículo 103.1 CE a la Administración de servir los intereses generales.

No sólo la Administración debe dar soporte, sino que asume otro papel, que es el de dar confianza y seguridad a los ciudadanos que se mueven en este nuevo entorno. Estas obligaciones de la Administración responden, más allá de una teórica asunción de obligaciones morales y éticas para un general progreso de los ciudadanos/administrados, a una más terrenal y concreta necesidad de fomento del crecimiento y del empleo, tal y como afirmó la Comisión Europea en su iniciativa i2010.

Esta idea de que la Administración debe ser electrónica se refuerza también en estudio «The e-Government imperative«, donde por 42€ y a lo largo de más de 200 páginas se describe el por qué económico de la Administración Electrónica.

Queda demostrado, por lo menos en parte, la necesidad de una e-Administración como soporte de la actividad económica, como garante de las nuevas relaciones y como motor de empleo y crecimiento.

¿Y las empresas? Bueno, ellas son las «vanguardias«, la «palanca impulsora» y las que juegan el «papel coadiuvante» en el desarrollo de la e-Administración. El legislador ha sido generoso en el reconocimiento de estos papeles en la empresa privada porque, digámoslo francamente, si tuviéramos que esperar a que la Administración por si sola liderara la Sociedad de la Información, bueno, todavía estaríamos manejando un Windows 3.1.

Las anécdotas sobre la lentitud de la Administración se pueden contar por miles y merecerían una Wikipedia propia, así que, para asumir estas nuevas obligaciones, la Administración recurre a intermediarios.

¿Qué hacemos nosotros, las empresas? Pues, diseñamos Gestores Documentales, para que la Administración pueda tramitar sus expedientes en un soporte más eficiente. También colaboramos en su implantación, porque, aunque en algunos casos no se pagan licencias, hace falta alguien que sepa cómo se instalan estos cacharros o cómo se parametrizan.

Los hay también que nos dedicamos a colaborar con los servicios legales de los Ayuntamientos (y con Secretarios de buena voluntad) para la reingeniería de procesos y redactar ordenanzas municipales (mejor dicho, los borradores) para la regulación legal de la Administración electrónica en el ámbito local.

También proporcionamos la formación para el personal laboral y los funcionarios, en todas estas materias, que van desde los conceptos básicos de la Ley 11/2007, hasta cursos más especializados para responsables de proyectos.

Y después, estamos las empresas más tecnológicas, que son las que proporcionan los servicios de housing, hosting, firmas electrónicas, etc.

Por el hecho de participar en estas tareas, ¿necesitamos una regulación ad hoc? Francamente, creo que no.

Las condiciones establecidas en los pliegos de los concursos, así como los contratos que regulan las relaciones entre nosotros y las Administraciones son suficientes para establecer de quién es la culpa cuando los proyectos no responden a las necesidades de los ciudadanos.

Del mismo modo, también asumimos las responsabilidades propias de un Encargado del Tratamiento cuando alojamos datos personales de participantes en procedimientos administrativos en nuestros servidores. ¿Qué más exigencias se nos puede pedir?

Por ejemplo: que el e-Registro del Ayuntamiento funcione 24/7.

Pues, en realidad, eso en un falso problema. La empresa que asegurara por contrato estas condiciones, estaría prometiendo cosas que no están en su alcance proporcionar. Lo que sí podemos prometer y prometemos es la redundancia de los sistemas. Es decir: si el e-Registro no funciona (porque tarde o temprano, fallará), tendremos un e-Registro de reserva, así como un «cajero municipal» que haga las funciones de Registro a cualquier hora del día.

No sólo las medidas de seguridad (conocidas como planes de contingencia) serán redundantes (hasta el límite de inversión que una Administración pueda permitirse), sino que habremos mantenido la seguridad jurídica en caso de fallos, describiendo exactamente qué pasa con los plazos en los casos en los que el e-Registro principal no funcione correctamente.

Éstos son los papeles de la Administración y de las empresas en esta materia. Además, tampoco creo que necesitemos estar más o mejor atados y bien atados ya que (puedo hablar por experiencia), las cláusulas muy estrictas proporcionarían una falsa sensiación de seguridad jurídica a las relaciones, provocando, en realidad, la burocratización de estas relaciones. La lucha a esta burocratización es, no lo olvidemos, el verdadero objetivo de la Ley 11/2007.