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Accesibilidad de páginas Web

septiembre 10, 2008

No he leído los manuales de SIGEM bajo la sombrilla, lo admito. Pero estoy intentado recupar el tiempo perdido. Tan pronto como pueda, volveré a dar píldoras de este Gestor Documental. Dicho sea de paso, el SIGEM, que yo sepa, todavía no ha superado las fases de prueba, y el 1 de enero de 2010 se acerca.

Ah, casi lo olvidaba. He descubierto que ninguno de los dominios posibles para que la Administración pueda lanzar una Web dedicada al SIGEM, está disponible. SIGEM.es, .com, .info, .net, .org, y .eu ya están pillados. Esta situación podría tener un toque de humor involuntario, si no fuera simplemente patético y no dejara ver, en realidad, que la Administración no piensa en términos TIC.

En todo caso, retomo mi costumbre de escribir sobre Administración Electrónica, gracias a un blog muy interesante, con una noticia que lo es todavía más.

Una empresa de Estados Unidos ha llegado a un acuerdo extrajudicial con un ciudadano que la había demandado porque la Web de la empresa no era accesible para personas ciegas (o invidentes, por favor, usen el término políticamente correcto).

La no accesibilidad de la Web le ha costado a la empresa, la friolera cantidad de 6 millones de US$. Hay que recordar que en EEUU no existe, a diferencia de España, una Ley que obliga a un ente a tener una Web que cumpla con los más altos requisitos de accesibilidad.

De hecho, la demanda del ciudadano estadounidense se ha basado en unas supuestas «systemic civil rights violations«. Viendo el éxito de la demanda, estas violaciones de los derechos civiles ya no son tan supuestas, en el caso de Web no plenamente accesibles.

¿Podría pasar esto en España?

Pues, la Ley 11/2007 sí establece una obligación (eso sí, sólo para las Web de la Administración Pública) de tener estándares determinados de accesibilidad (art. 4c, 10…), pero ¿se pueden pedir responsabilidades patrimoniales a la Administración por la violación de estas obligaciones?

Mi opinión, que es de parte, lo admito, es que, rotundamente. No se pueden establecer derechos de unos, frente a obligaciones de otros, si no existen medios coercitivos para castigar a quien no cumple con sus obligaciones.

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2 comentarios

  1. Hola, Amedeo. En este país de lo que andamos bastante sobrados es de leyes, eso sí. Pero realmente nos preguntamos muchos españoles si sirven para algo, porque a la hora de la verdad caen en saco roto.
    La ley 11/07 es muy bonita, preciosa. Establece plazos para que la Administración se adecue a la nueva sociedad de la información, pero al día de hoy existen muchas administraciones públicas que ni siquieran cuentan con páginas webs actualizadas.


  2. Hola

    he acabado un proyecto q trata sobre e-administración accesible

    os lo dejo por si os interesa, saludiness

    http://dev.quinti.net/e-administracion-accesible/



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